La inter­vención de la inquisición –o, mejor dicho, su irrupción– en el ritmo cotidiano de la exis­tencia tuvo incon­tables efectos. El más visible de todos ellos es, quizá, el archivo inquisi­torial, en el cual com­parecen los sujetos inquisi­to­riales: cen­tenares de vidas con his­torias propias que se vieron obligadas a dar una nar­ración acerca de su propia exis­tencia, sus expe­ri­encias, sus miedos, sus secretos, sus creencias u opin­iones. De no ser por la irrupción inquisi­torial, tal vez no cono­ceríamos nada de esas vidas. Tal vez, en ese caso, una gran parte del pasado hubiera pasado oculta a nue­stros ojos o a los ojos de los historiadores.

Tal vez en ese caso, podríamos cel­ebrar el derecho de toda persona a que su his­toria pueda perderse en el olvido. Podríamos cel­ebrar el derecho de toda persona a que todo aquello que le importó no fuera exhibido públi­ca­mente tanto en su tiempo como en la inmen­sidad del archivo.

Quienes se han ded­icado a inves­tigar los archivos inquisi­to­riales han hecho un trabajo de extracción de aquellas vidas. Una vez en el archivo, ya no podemos olvi­darlas, porque olvi­darlas sería con­fi­narlas a la actividad eviterna de la inquisición. Al con­tarlas ahora, no sola­mente accedemos a rin­cones del pasado que de otro modo nos resul­tarían imposibles de acceder, sino que además podemos volver a contar aquellas vidas de forma respon­sable, con cuidado, con el afecto y la atención de quien no quiere volver a juz­garlas, sino más bien intentar com­prender cuáles son los sis­temas de orga­ni­zación jurídica que per­mi­tieron (y que tal vez siguen per­mi­tiendo) a los poderes juris­dic­cionales intro­ducirse en lo que sucede en los claustros del alma o entre las paredes de un hogar (pero recordemos que en algunas oca­siones –piensen en cir­cun­stancias de abuso, vio­lencia de género, etc., es una garantía del estado de derecho el que se pro­duzca una inves­ti­gación judicial.

Para las sesiones de esta semana vamos a estudiar los casos de Elen@ de Cés­pedes y de Lucrecia de León. Ambas his­torias están condi­cionadas por com­po­nentes de género, aunque son muy difer­entes. En el caso de Elen@, además, es una his­toria inter­sec­ciones de una persona de color que nace como esclava en un cuerpo femenino, lib­erada y madre de un hijo, luego tran­sición a un cuerpo femenino y a una relación con otra mujer. El el caso de Lucrecia, lo que está en juego es el dis­curso de verdad de esta mujer, también su cred­i­bilidad, el modo en que habla sobre sí misma y sobre el tipo de insti­tución profética que representa.

Las lec­turas vienen acom­pañadas de alguna bib­li­ografía que estimo intere­sante para seguir pen­sando casos como este.